EDICION Nº 15 DE OPINION UNIVERSITARIA 8 dic. 2014

PERIODICO OPUN Nº 15 DIC 2014     VERSION EN PDF

 

LA REUNION CONVOCADA POR EL RECTOR, EL 3 DE DICIEMBRE 2014

Como un acto universitario convocado por el Rector era de esperarse que presida el acto y el secretario haga de maestro de ceremonias, sin embargo luego de la presentación a cargo del Rector intervino el Ms. Marco Dávila, Director administrativo (Encargado, temporal, ad-honorem, la verdad no sé, en ¿qué calidad ejerce el cargo), sobre el proceso de acreditación, nos habló sobre el éxito de la estrategia de dar por terminado el contrato de trabajo con docentes que no cumplían el requisito de título de maestría para mantenerse como docentes UTE, en un número superior a los 250 si mal no recuerdo, habría que ver ¿cuántos de estos docentes fueron contratados después de la expedición de la LOES en 2010, en la cual ya se establecía como requisito mínimo para asumir la cátedra el título de posgrado, y ¿cuántos de estos docentes eran profesores antiguos que tenían derecho a que la UTE les apoye en sus estudios de maestría para poder continuar en la cátedra; porque si fueron contratados sin título de maestría a partir del 2010 fue un craso error de administración.

Sobre el argumento del “doble contrato”, cabe decir que las universidades particulares están sometidas al régimen del Código del Trabajo en sus relaciones con profesores y personal administrativo y de servicios, el citado Código establece el contrato individual de trabajo , la relación de una persona que presta sus servicios lícitos y personales para otra persona u otras bajo dependencia, la relación laboral implica un contrato entre dos personas al mismo tiempo, para el análisis del trabajo dentro de nuestra actividad universitaria nos obliga a citar el art. 50 de la Ley de Educación Superior del 2000, vigente hasta octubre del 2010, la cual decía claramente que la docencia podría combinarse con gestión institucional, investigación, y actividades de vinculación; lo mismo dice el art. 147 de la actual LOES El ejercicio de la cátedra y la investigación podrán combinarse entre sí. lo mismo que con actividades de dirección, si su horario lo permite,”. En síntesis la ley está diciendo que el docente con un solo (1 uno) contrato puede realizar sus funciones de profesor y además funciones de gestión y/o dirección en la institución dentro de un horario determinado; por lo que un docente podía y puede realizar actividades de docencia y gestión sin que eso implique “doble contratación”, concepto absurdo en el derecho laboral, ya que un empleador o patrono no puede tener dos contratos con el mismo empleado al mismo tiempo.

Lo inconcebible es que un Director Administrativo nos convoque a todos los docentes y que todos concurramos con gran expectativa pensando que íbamos a ser informados de situaciones extraordinarias e interesantes, pero no, ha sido para darnos a conocer que uno de los éxitos de su “estrategia” fue la indemnización de los docentes (entre ellos él mismo), que cumplían y siguen cumpliendo funciones de gestión en la UTE y que para pasar solo a docencia se procedió a jugosas “BONIFICACIONES”, sin ninguna justificación legal como lo estoy probando, ahora pretende inventarse argumentos seudo-legales y decirnos que la UTE tenía profesores con “doble contrato” y que en nada se ha visto afectado el presupuesto por las auto bonificaciones que han recibido algunos directivos de la plana mayor de la UTE.

De ninguna manera se justifica que un docente que ha estado realizando funciones de dirección tenga que ser indemnizado ( la indemnización por despido intempestivo comprende: una remuneración por cada año de servicio, y además el 25% de la remuneración por cada año de servicio) como administrativo y luego pase a realizar labores de profesor, trabajando para el mismo patrono que es la UTE.

Lo curioso de todo esto es que nuestros dirigentes gremiales y representantes a Consejo Universitario no digan nada al respecto, no pidan explicaciones de estas actuaciones, que han sido comentadas diariamente en los pasillos de la UTE durante mucho tiempo, pero siempre con temor.

Hace una semana fui recibido por el Directorio de la AETUTE y expuse mis fundamentos legales e institucionales de la denuncia ante el CES, y ante la pregunta de ¿porqué no había informado estos hechos a las asociaciones? les dije que los presidentes de los gremios son parte del Consejo Universitario y además tienen un representante con voz y voto en el mismo organismo, por lo que si conocieron y tenían posibilidades de conocer los oficios con las observaciones que envié al Consejo Universitario desde Abril del 2013, y que además no habrían hecho nada, y a propósito les cite el caso de las “exitosas y estratégicas” “Bonificaciones”, y les exhibí el documento de “Acta de Finiquito” realizada el 15 de marzo del 2012, ante el Inspector del Trabajo de Pichincha, en la cual consta que: Marco Augusto Dávila Toro, el actual Director Administrativo, recibió $100.110,41 USD (CIEN MIL CIENTO DIEZ DOLARES CON CUARENTA Y UN CENTAVOS) y firma como “Ex-Trabajador” sobre lo cual ningún dirigente ha pedido explicaciones a las autoridades de la UTE.

Resumiendo compañeros considero: primero, que las autoridades universitarias cuando nos convocan a una “reunión” deben establecer el objeto de la misma, para evitar esto de que se convierta en una confesión muy edulcorada de planificación estratégica y además exitosa de los remordimientos que ha estado teniendo el Director Administrativo por haber recibido $ 100.110,41 USD dólares americanos, para dar por terminado su “doble contrato” que solo existe en su cabeza, y que sirve de pretexto para cobrar semejante suma de indemnización de despido intempestivo, y aún mas permanecer en el mismo cargo, mas de dos años “hasta cuando lo disponga el señor rector”, en suma sin ser despedido; que sea o no de su agrado del Rector, este debe presidir un acto universitario convocado por el mismo; segundo, que cuando se termine el informe, exposición o lo que fuere, por elemental sentido de participación y cortesía para con los miembros de la comunidad universitaria, preguntar ¿si alguien desea hacer una pregunta o reflexión sobre el tema, los miembros de los estamentos no estamos para ser convocados solo para aplaudir o levantar la mano en señal de aprobación, debemos cimentar una institución democrática en la cual el debate debe darse con argumentos razonados y basados en la ley, y por último que se nos convoque para informar y analizar la situación de la jubilación complementaria, cuyo fideicomiso termina en diciembre 2014; se nos convoque para cuestiones mas importantes como: decirnos ¿cual es la posición de las autoridades ante la Resolución del CES sobre las irregularidades de las elecciones de mayo del 2013; sobre las observaciones al Estatuto y la interminable compilación que se ha demorado mas de tres años de nuestro Estatuto, lo que ha impedido la representación del estamento docente en el Consejo Universitario; sobre la ilegal integración del Consejo Universitario, es decir problemas de fondo que debemos estar informados y asumir en la práctica nuestros derechos de participación y el cogobierno en la Institución.