DEFENDAMOS NUESTRA JUBILACION COMO UN DERECHO ADQUIRIDO

Propuesta para solucionar el problema de la jubilación complementaria de la UTE ante el requerimiento de la Resolución 504-2013 SBS

INFORME  PRESENTADO A LA COMISION DE  JUBILACION DE LOS BENEFICIARIOS -UTE  en PDF

COMPAÑEROS:

En este problema de definir ¿qué es lo que vamos a hacer con el Fondo de Jubilación, ha corrido mucha agua bajo el puente y sobre todo el número de miembros del Fondo ha disminuido considerablemente, dada la desinformación sobre el tema.
En la última Asamblea General de los Beneficiarios del Fondo me permití presentarles mi visión jurídica de la jubilación complementaria, que es en definitiva un derecho adquirido de todos los docentes y personal administrativo de la UTE, quienes hemos contribuido a la consolidación de esta institución académica.
Nuestro derecho laboral adquirido se fundamenta en los principios constitucionales, que establecen que los derechos de los trabajadores son intangibles e irrenunciables, por lo que Compañeros tenemos derecho a la jubilación complementaria de acuerdo con las regulaciones que ha aprobado el Consejo Universitario desde 1993, hasta el día en que nos retiremos de la UTE.

Este criterio lo he expuesto mediante informe escrito a la Comision que se nombró en julio de este año a fin de que se gestione ante las AUTORIDADES DE LA UTE la permanencia del beneficio como un Bono complementario de Retiro Definitivo.
Se debe aclarar que el beneficio laboral de la jubilación complementaria no se elimina ni se extingue simplemente se transforma en un BONO con las mismas regulaciones de la actual jubilación complementaria.
Para viabilidad de esta propuesta el Consejo Universitario deberá aprobarla y proceder a reformar el Reglamento de Jubilación Complementaria en cuanto a la denominación del beneficio por BONO DE RETIRO VOLUNTARIO.
La Universidad con este planteamiento continuará administrando el actual Fondo que se constituye de los aportes de la UTE y el ahorro voluntario que hemos estado realizando mas los rendimientos financieros.
Este Beneficio del Bono de Retiro Definitivo es adicional, especial, y complementario a la Jubilación Patronal, al que la UTE está obligada por el Código del Trabajo.

Por lo dicho Compañeros es hora de solicitar a las Autoridades de la UTE se analice esta propuesta para dar una solución a este problema.

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EL CONSEJO DE EDUCACION SUPERIOR SE HA PRONUNCIADO SOBRE LAS ELECCIONES DE LA UTE

VER EL INFORME Y LA RESOLUCION COMPLETA  DEL CONSEJO DE EDUCACION SUPERIOR

RPC-SE-03-No 017-2014  versión PDF      DE LA GACETA OFICAL DEL CES

SESION EXTRAORDINARIA  DEL 26 DE SEPTIEMBRE 2014

Informe contundente de las irregularidades de las elecciones de mayo 2013